La Ley Nº 5.777 de Protección Integral a las Mujeres contra todo tipo de
violencia, fue promulgada por el Ejecutivo. La normativa implementa el
feminicidio como delito penal.
El feminicidio
La ley tipifica el feminicidio como un crimen autónomo con una pena de 10 a
30 años, con ello también la tentativa. Al respecto hay que señalar que sólo
hasta la edición de éste artículo habían en 2016, 35 feminicidios, es decir 1
mujer cada 10 días, incluido el caso de la niña Iluminada Ruiz Díaz que
conmocionó al país el mismo día del tratamiento de la ley.
Prohibición de conciliar
La ley aprobada elimina el deber de conciliar por parte de las
instituciones públicas ante un hecho de violencia y agrega un artículo
específico que prohíbe la conciliación antes o durante la tramitación de
medidas de protección. Esto era un grave retroceso en el documento de
Diputados, pues la conciliación sólo es posible entre dos personas iguales
considerando que el momento de la denuncia es el de más alto riesgo para la
vida de la mujer. En este sentido, quedó claro el deber de garante que tiene el
Estado paraguayo ante una denuncia de violencia.
Medidas de protección
Ahora, el documento amplía las medidas de protección establecidas en la Ley
1600/00 a varios ámbitos en los que se da la violencia: dentro de la familia,
en la comunidad y por parte del propio Estado.
La ley promulgada contiene una fuerte perspectiva basada en derechos, en
igualdad y en no discriminación, haciendo referencias concretas a las
relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres, a los estereotipos,
prejuicios y prácticas que sostienen la violencia, entre otras.
Novedades de la ley
Una de las cuestiones más interesantes es que cuenta con un fuerte
componente en materia de políticas públicas y establece
responsabilidades concretas a instituciones públicas para trabajar
principalmente desde la prevención de la violencia.
Igualmente, a través de esta ley el Estado reconoce diferentes formas
de violencia como la violencia política, laboral, obstétrica,
mediática, telemática, simbólica y contra la dignidad. Si bien no todas estas
violencias tienen tipos penales específicos, la importancia radica es su
reconocimiento legal por parte del Estado en la generación de políticas
públicas para la prevención, disminución y sanción (en el campo
administrativo).
La ley aprobada incorpora la defensa pública de las
mujeres víctimas de violencia, es decir, la obligación del Estado de
proveer abogadas/os públicos para acompañar a las víctimas en la tramitación de
medidas de protección y los demás juicios que pueden resultar de este proceso.
MESA INTERINSTITUCIONAL de PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL A MUJERES EN
SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE ENCARNACIÓN
Se conformó la
Mesa Interinstitucional de Protección y Atención Integral a Mujeres en
Situación de Violencia en Encarnación, esto se realizó en el marco del 25 de
noviembre, día internacional contra la violencia hacia las mujeres. La
mesa es el resultado de un trabajo conjunto de instituciones y sociedad civil,
que al mismo tiempo elaboraron un Plan Acción Local.
El plan se basa en
tres ejes fundamentales de la intervención: Prevención, Atención y Protección a
mujeres víctimas de violencia, en el marco del II Plan Nacional contra
la violencia hacia las mujeres 2015-2020 el cual sostiene que: “… la
violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y
las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer en el
reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.
Además este plan
tiene en cuenta formas de violencia que han sido tipificadas según la Ley en
proceso de aprobación, la Ley de Protección Integral a las Mujeres,
Contra Toda Forma de Violencia”, la cual tiene por objeto “establecer
políticas y estrategias de prevención de la violencia hacia la mujer,
mecanismos de atención y medidas de protección, sanción y reparación integral,
tanto en el ámbito público como en el privado”.
Según el Plan
local, en un breve diagnóstico sobre la violencia hacia las mujeres en
Paraguay, los estudios y diagnósticos realizados señalan que el 36% de mujeres
entre 15 y 44 años de edad casadas, unidas o separadas, declararon haber sido
alguna vez en su vida víctimas de violencia verbal por parte de su pareja; el
17.9% dijo haber sufrido violencia física y el 5% de violencia sexual. Estas
formas de violencia son más extendidas a nivel urbano.
Los datos de la
Encuesta Nacional de Violencia Intrafamiliar realizada en el año 2013 señalan
que: 1 de cada 5 personas sufrió violencia intrafamiliar; 1 de cada 4 vivió
hechos violentos en su niñez dentro de la casa. El 63% de las personas que
sufrieron violencia física no llegaron al 9no. grado de escolaridad.
Según datos de la
Policía Nacional, entre el año 2013 al año 2014 hubo un aumento en el número de
casos atendidos por la policía con relación a hechos de violencia contra las
mujeres. El crecimiento alcanzó hasta 32% más en el año 2014 con relación al
año 2013. Tanto los hechos de violencia psicológica como física también
mostraron un aumento. Lo más alarmante es que aumentaron las denuncias de
amenazas de muerte a 68% es casi el doble y las denuncias por coacción sexual,
pasaron de 30 casos en el 2013 a 74
casos 2014, más que el doble.
El Observatorio
Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Ministerio del Interior,
presentó un análisis sobre la realidad a nivel país, de hechos de violencia
intrafamiliar, violencia contra la mujer y homicidios dolosos relacionados a los
casos de violencia doméstica. En primer lugar factores vinculados a
homicidio doloso, tentativa de homicidio doloso, lesión corporal, coacción
sexual, tentativa de coacción sexual y violencia familiar en el periodo 2011 a
2014. Ese observatorio mostró que 2011 los casos de violencia señalados
alcanzaron 964 y en 2014 se registraron 1905 casos, prácticamente el doble,
aumentó en 97%.
En Encarnación,
los Juzgados de Paz han reportado 224 casos de violencia en 2016, el 86% los
mismos corresponde a mujeres, el resto varones y algunos de ellos menores de
edad. Esta también es la tendencia a nivel nacional, es lo que hemos visto en
el observatorio de la Policía Nacional.
Por otra parte, la
Fiscalía de Encarnación, tiene ingresadas por violencia familiar de enero a
octubre del 2016, 476 denuncias y el Centro de Estudios Judiciales informó que
se registraron en la Fiscalía 253 casos de violencia contra las mujeres, lo que
corresponde al 3.8 de 6.4 de nivel nacional. Estos datos no están desagregados
por sexo, pero de igual manera muestra que Encarnación tiene un alto índice de
violencia intrafamiliar.
Los principales
problemas señalados por las y los representantes de la Mesa
Interinstitucional de Protección y Atención Integral a Mujeres en Situación de
Violencia en Encarnación, tenía que ver con:
- La
permanente reincidencia de maltrato de las mujeres víctimas
- Falta
de coordinación entre las instituciones responsables, juzgados, fiscalía,
policía y otros que brindan asistencia
- La
persistente negativa del sistema de salud a entregar el diagnóstico médico
- Existencia
de diversos protocolos, instructivos y formularios en el sistema de salud,
policía nacional, juzgado de paz y fiscalía. Sin que estén unificados
- Las
instituciones carecen de espacios físicos y atienden a las víctimas y no hay
privacidad
- Falta
una base de datos unificada de todos los casos de violencia
- Falta
brindar capacitación a las víctimas en la generación de ingresos para que
se empoderen y salgan del ciclo de la violencia
- La
falta de atención en el idioma de la víctima al momento de levantar la denuncia
y darle apoyo emocional
- Carencia
de movilidad para brindar cobertura y apoyo a las víctimas por parte de la
Policía Nacional
- Carencia
de personal profesional en trabajo social, psicología, y psiquiatría,
calificado en las instituciones que brindan la atención
- Necesidad
de establecer procedimientos entre las instituciones que brindan la atención y
protección
- No
existe defensoría pública especializada para la asistencia y asesoramiento a
las víctimas de violencia, el hombre denunciado cuenta con un defensor penal y
no así las mujeres maltratadas
- Algunos
Juzgados de Paz, no cuentan con el equipamiento técnico y recursos
humanos suficientes para que la protección sea eficiente. Asimismo se requiere
la capacitación constante de los funcionarios en la atención de las víctimas en
las distintas fases del ciclo de la violencia a fin de evitar la revictimización.
Sobrecarga de trabajo en los juzgados lo que impide brindar atención
especializada. Necesidad de separar las audiencias de víctima y agresor.
- La
policía Nacional a nivel local solo cuenta con una División especializada en
atención a casos de violencia en Encarnación, careciendo las Comisarías de
funcionarios especializados. Necesidad de que la policía nacional informe al
Juzgado de Paz el diligenciamiento del oficio comisivo por el cual se notifica
la resolución de exclusión y medidas de protección.
- Necesidad de una
unidad especializada en la Fiscalía para la atención de las mujeres víctimas de
violencia
- Falta establecer
una línea para la atención urgente, similar a la 137
- Falta de
albergues para mujeres víctimas
En base a este
análisis las y los representantes de la mesa se organizaron según la función de
cada institución y desde allí propusieron acciones para enfrentar estas
situaciones, siguiendo los ejes propuestos: En Prevención se organizaron las
instituciones de carácter social y educativo, en Atención estuvieron
instituciones y programas que brindan asistencia y las secretarías de la mujer,
en Protección se organizaron las instituciones encargadas de aplicar las
medidas de protección y sanción.